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Autor: Prony » dj. gen. 21, 2010 8:47 pm
Hola a tots,
Pel que es pot llegir per la xarxa, aquest nou model de plaques (que serà legal des d'abans de l'estiu) tan sols serà possible incorporar-les a les motos de categoria "OFF ROAD" i "TRIAL", per la qual cosa, ni les trail ni les turisme podran dur-les.
"Asimismo, se modifica el anexo XII, sobre accesorios, repuestos y
herramientas de los vehículos, para suprimir la obligación de llevar un juego de
lámparas de las luces del vehículo, pues cada vez más vehículos llevan un
dispositivo de alumbrado que sólo se puede manipular en los talleres autorizados
y no por el usuario.
También se elimina la obligación de llevar extintor de incendios y
dispositivos de preseñalización de peligro a determinados vehículos, como
consecuencia de la experiencia adquirida en la aplicación práctica de la
normativa anterior y de la Jurisprudencia que se ha pronunciado sobre esta
materia.
Además, se incorpora en ese mismo anexo XII como dotación obligatoria
del vehículo el chaleco reflectante de alta visibilidad, cuya utilización ya está
regulada en el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto
1428/2003, de 21 de noviembre,
Por último, en el anexo XVIII, sobre las placas de matrícula, se introduce
una nueva placa de matrícula para las motocicletas de dos ruedas de las
especialidades de trial y enduro, más reducida que la de motocicletas ordinaria,
para adecuarla a su diseño cada vez más estilizado, por lo que la placa de
matrícula de motocicleta ordinaria sobresale notablemente."
Salut i passeu-ho be el diumenge
Jordi "Prony"